VIDA EMPLEADOS
Empresa:
Este seguro cubre a los beneficiarios de aquellos empleados fallecidos que ha sido declarados en póliza.
El seguro de Vida Obligatorio lo dictamina el Decreto N° 1567/74, y su contratación es de carácter obligatorio. Los seguros de Vida Colectivo Empresarial, no son de contratación obligatoria, pero sí de indemnización obligatoria para el empleador.
Principales coberturas
- LEY CONTRATO DE TRABAJO
- CONVENIO MERCANTIL
- VIDA OBLIGATORIO Decreto N° 1567/74
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